El Consejo Consultivo de las Illes Balears es el órgano superior consultivo de la comunidad autónoma.
Su creación se basa en la Sentencia del Tribunal Constitucional 204/1992, de 26 de noviembre. En esta Sentencia, el alto Tribunal deja la puerta abierta a que las comunidades autónomas puedan tener un órgano consultivo autonómico de características y funciones parecidas a las del Consejo de Estado, y añade que el Consejo de Estado debe quedar excluido de intervenir en las comunidades autónomas en las que haya un consejo autonómico.
A partir de esta idea y de acuerdo con la mencionada Sentencia 204/1992, la Ley autonómica 5/1993, de 15 de junio, creó el Consejo Consultivo de las Illes Balears, como máxima autoridad consultiva en el territorio de la comunidad autónoma, que actúa de filtro de legalidad y control jurídico previo sobre las materias que indica la Ley.
El artículo 41 de la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears —con la modificación introducida por la Ley Orgánica 3/1999, de 8 de enero (BOE núm. 8, de 9 de enero)—, lo convirtió en un órgano estatutario. Cuando aquél se reformó, la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, incidió en la composición del Consejo Consultivo; en desarrollo del artículo 76 de esta Ley Orgánica, el Parlamento de las Illes Balears aprobó la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears, que deroga expresamente la Ley 5/1993. Posteriormente, la Ley 5/2010 (BOIB núm. 94, de 22 de junio) ha sido modificada por la Ley 7/2011, de 20 de octubre (BOIB núm. 159, de 22 de octubre); la Ley 5/2015, de 23 de marzo, de racionalización y simplificación del ordenamiento legal y reglamentario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 28 de marzo); la Ley 1/2018, de 5 de marzo, de cuerpos y escalas propios del Consejo Consultivo de las Illes Balears (BOIB núm. 30, de 8 de marzo); la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 15, de 2 de febrero); la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88, de 7 de julio), y el Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 71, de 28 de mayo de 2024).